La emergencia sanitaria debido al COVID-19 impactó a la sociedad de muchas formas y el empleo fue una de ellas. Por esta razón, es importante conocer qué es el Retiro Parcial por Desempleo y cómo es posible tramitarlo. ¡A mucha gente le será muy útil en estos momentos!
El Retiro Parcial por Desempleo es la oportunidad a la que todos los trabajadores tenemos derecho para disponer anticipadamente de nuestros recursos del AFORE en el caso de quedar desempleados. Como sabes, esta situación les sucedió a muchas personas en el país y alrededor del mundo durante esta cuarentena, incluyendo muy probablemente gente cercana a ti.
La urgencia de contar con recursos económicos para salir de la dificultad actual hace del Retiro Parcial por Desempleo una excelente opción para contar con fluidez.
Requisitos para retiro parcial por desempleo
Si tú o alguien que conoces quisiera tramitar su retiro parcial por desempleo, los requisitos son:
- Haber estado sin empleo durante 46 días naturales.
- Tener al menos 2 años cotizados ante el IMSS.
- Estar registrado en una AFORE al menos durante 3 años.
- Tener al menos 5 años de no haber realizado este mismo trámite (puede llevarse a cabo cada 5 años).
- Contar con tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado.
- Una identificación oficial.
- CURP.
- Un documento impreso con tu número de Seguridad Social.
- De preferencia, un estado de cuenta bancario de la persona interesada, con el número CLABE visible.
- La pre-solicitud de disposición de recursos por Retiro Parcial por Desempleo (disponible en el portal www.e-sar.com.mx).
Tipos de trámite para retiro por desempleo
Ahora, hay una cosa más que debes saber. Tendrás dos opciones de trámite a elegir:
El tipo A
Si la AFORE tiene al menos 3 años de haberse abierto y 2 años de cotizar en el IMSS, se entregarán:
30 días del último Salario Base de Cotización con un límite de 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
El tipo B
Si la AFORE tiene al menos 5 años o más de haberse abierto, se entregará lo que sea menor:
90 días del Salario Base de Cotización en las últimas 250 semanas
O el 11.5 % de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV)
Esta información, si no te es útil a ti, podrá servirle a alguien más. ¡Compártela! El Retiro por Desempleo se puede realizar cada 5 años, así que si ahora no lo necesitas, es bueno saberlo por si se ofrece en el futuro. Esperemos que no sea así, que siempre tengas mucho trabajo ¡y que encuentres mucha satisfacción al realizarlo!